Primera.- Objeto de la convocatoria.
Es objeto de esta convocatoria la provisión en pro-piedad,
mediante el sistema de concurso- oposición,
por promoción interna, de tres plazas de Cabo de la Po-licía
Local vacantes en la plantilla de personal funciona-rio
del Excmo. Ayuntamiento de Molina de Segura, per-tenecientes
al Grupo C, con la clasificación y
denominación siguiente:
· Grupo: C (según artículo 25 de la Ley 30/ 84)
· Escala: Administración Especial.
· Subescala: Servicios Especiales.
· Clase: Policía Local
· Denominación: Cabo de la Policía Local.
Segunda.- Publicación de la convocatoria.
La Convocatoria se publicará íntegramente en el
«Boletín Oficial de la Región de Murcia».
El resto de las publicaciones a que haga referen-cia
la legislación vigente se entenderán referidas exclu-sivamente
al «Boletín Oficial de la Región de Murcia» y
Tablón de Edictos de la Casa Consistorial.
Tercera.- Participación en la convocatoria.
A) Requisitos de los aspirantes:
Para tomar parte en el concurso- oposición los as-pirantes
deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser Agente de la Policía Local del Excmo. Ayun-tamiento
de Molina de Segura, con una antigüedad mí-nima
de dos años en dicha categoría.
b) Estar en posesión del título de Bachiller, Forma-ción
Profesional de Segundo Grado o equivalente.
c) Estar en posesión de los permisos de conduc-ción
de motocicletas de todas las cilindradas, turismos
y veh??????????_?_??????A????????????????A????????????????A?????????????°??A????????!????????$A????????'????????*A????????-????????0A????????3????????6A????????9????@????>????ículos prioritarios (art. 26.1 c) de la Ley 4/ 98).
d) No haber sido sancionado por falta grave o muy
grave en los dos años anteriores, ni haber acumulado
más de dos sanciones por falta leve en los últimos seis
meses, a la fecha de finalización del plazo de presenta-ción
de instancias de la presente convocatoria.
e) No padecer enfermedad ni defecto físico que le
inhabilite para el ejercicio de las funciones propias del cargo.
Todos los requisitos exigidos deberán poseerse
por los aspirantes el día que finalice el plazo de presen-tación
de instancias de la presente convocatoria.
B) Instancias:
Las instancias, cuyo modelo se facilitará en el
Excmo. Ayuntamiento de Molina de Segura, solicitando
tomar parte en la convocatoria, irán dirigidas al Ilmo. Sr.
Alcalde- Presidente, se presentarán en el Registro Ge-neral
del Excmo. Ayuntamiento de Molina de Segura
dentro del plazo de 20 días naturales a partir del si-guiente
al de la publicación de la convocatoria en el
«Boletín Oficial de la Región de Murcia», personalmen-te
o por cualquier otro medio que autoriza la Ley 30/
1.992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo
Común, modificada por la Ley 4/ 99, y en ellas
se hará constar los siguientes extremos:
Nombre y apellidos, fecha de nacimiento, domici-lio,
teléfono y número de D. N. I., así como declaración
expresa de que el solicitante reúne todos y cada uno de
los requisitos exigidos en la Base tercera de la convo-catoria,
referidos a la fecha de expiración del plazo se-ñalado
para la presentación de instancias.
Junto con las instancias deberá acompañarse la
siguiente documentación:
a) Fotocopia del D. N. I.
b) Sobre cerrado titulado «Méritos», que incluirá
la documentación acreditativa de los alegados por los
aspirantes para su valoración en la Fase de Concur-so,
mediante originales o fotocopia compulsada.
No se admitirá documentación alguna con poste-rioridad
a la fecha d??????????_?_??????A????????????????A????????????????A?????????????°??A????????!????????$A????????'????????*A????????-????????0A????????3????????6A????????9????@????>????e finalización del plazo de presenta-ción
de instancias
C) Admisión de aspirantes:
Expirado el plazo de presentación de instancias, el
Sr. Alcalde dictará Resolución declarando aprobada
provisionalmente la relación de aspirantes admitidos y
excluidos, con indicación del plazo de subsanación de
defectos (10 días) que, en los términos del artículo 71
de la Ley 30/ 1.992, modificada por la Ley 4/ 99, se con-cede
a los aspirantes excluidos.
De no existir reclamaciones, la mencionada Reso-lución
se considerará elevada automáticamente a defi-nitiva
sin necesidad de nueva publicación.
Asimismo, en tal Resolución, se determinará:
a) Lugar donde se encuentren expuestas al públi-co
las listas completas de admitidos y excluidos.
b) Composición del Tribunal.
c) Lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y
orden de actuación de los aspirantes.
Todo ello se hará público en el «Boletín Oficial de
la Región de Murcia» y en el Tablón de Edictos de la
Casa Consistorial.
Los sucesivos actos relacionados con la tramita-ción
de estas pruebas selectivas se publicarán exclusi-vamente
en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.
Cuarta.- Tribunal calificador.
El Tribunal Calificador, que a excepción de la Pre-sidencia
estará necesariamente compuesto por funcio-narios
de carrera con un nivel de titulación igual o supe-rior
al exigido para el ingreso como Cabo de la Policía
Local, tendrá la siguiente composición:
Presidente:
El de la Corporación o Concejal en quien delegue.
Vocal Secretario:
El Secretario de la Corporación o Funcionario en
quien delegue.
Vocales:
Un representante de la Consejería de Presidencia
de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
El Jefe del Cuerpo de la Policía Local del Ayunta-miento
de Molina de Segura.
Un representante propuesto por la Junta de Per-sonal
Por cada representación del Tribunal Calificador se
nombrará un titular y un suplente. El Tribunal no podrá
constituirse ni actuar sin la presencia de más de la mitad
??????????_?_??????A????????????????A????????????????A?????????????°??A????????!????????$A????????'????????*A????????-????????0A????????3????????6A????????9????@????>????de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.
El Tribunal podrá nombrar asesores para todas o
algunas de las pruebas, que prestarán su colaboración
exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades
técnicas.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse,
pudiendo también los aspirantes miembros, titulares o
suplentes, indistintamente recusarlos, cuando concu-rran
las circunstancias previstas en el artículo 28 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas
y del Procedimiento Administrativo Común.
A efectos de percepción de asistencias por los
miembros del Tribunal se fijan las establecidas en el
Real Decreto 462/ 02, de 24 de mayo, sobre
indemnizaciones por razón del servicio.
Quinta.- Fase de concurso.
La Fase de concurso, que será previa a la de Oposi-ción,
no tendrá carácter eliminatorio, y no podrá tenerse en
cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.
La documentación presentada en el sobre titulado
«Méritos» deberá ir debidamente compulsada, salvo
que se aporten originales.
Los méritos alegados y documentados por los as-pirantes
serán valorados por el Tribunal Calificador con-forme
al siguiente Baremo:
Experiencia profesional:
Por cada año completo de servicios prestados al
Excmo. Ayuntamiento de Molina de Segura o a cualquier
otra Administración Local, como Guardia o Agente de
Policía Local, con plaza en propiedad (exceptuados los
dos años de antigüedad mínima a que hace referencia
la Base segunda), debidamente acreditados mediante
certificación oficial:
0,20 puntos/ año, hasta un máximo de 3´00 puntos.
Titulación:
Por estar en posesión de las siguientes
titulaciones académicas, distintas a la que da acceso a
participar en la convocatoria:
a) Titulación universitaria superior, 1´00 puntos.
b) Titulación universitaria media, 0'50 puntos.
Sólo se valorará una titulación, la de mayor pun-tuación,
sin que puedan acumularse unas a otras.
c) Cursos de perfeccionamiento (hasta un máximo??????????_?_??????A????????????????A????????????????A?????????????°??A????????!????????$A????????'????????*A????????-????????0A????????3????????6A????????9????@????>????
de: 3´00 puntos):
Por asistencia a cursos, cursillos, seminarios, etc.
de perfeccionamiento o especialización sobre materias
relacionadas con el objeto y funciones de la plaza, orga-nizados
por las distintas Administraciones Públicas
(por cada curso):
- De 50 a 74 horas o más, 0'75 puntos.
- De 25 a 49 horas, 0'50 puntos.
- Hasta 24 horas, 0´25 puntos.
Sexta.- Fase de oposición: Ejercicios.
La Fase de Oposición constará de los siguientes
ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:
Primer ejercicio:
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario
tipo test sobre el temario anexo, con un total de 100 pre-guntas
con respuestas alternativas y cuya penalización
serán determinada por el Tribunal, siendo la duración
máxima de esta prueba de una hora y treinta minutos.
Segundo ejercicio:
Consistirá en responder por escrito, en un período
máximo de 2 horas, dos temas escogidos al azar de
entre los recogidos en el temario anexo.
Tercer ejercicio:
Consistirá en resolver, en el tiempo máximo de
una hora y treinta minutos, dos propuestas prácticas, a
elegir por el aspirante entre las cuatro que proponga el
Tribunal, que versarán sobre materias policiales.
Los Ejercicios segundo y tercero habrán de ser
leídos por los aspirantes en sesión pública, que se ce-lebrará
el día y hora que señale el Tribunal, pudiendo
ser aquéllos objeto de cuantas preguntas estime nece-sarias
el Tribunal para aclarar, ampliar o valorar el con-tenido
de la exposición de los aspirantes.
Séptima.- Calificación de los ejercicios.
Los ejercicio serán eliminatorios y calificados has-ta
un máximo de 10 puntos, siendo preciso alcanzar 5
puntos en cada uno de ellos para ser aprobado.
El número de puntos que podrán ser otorgados
por cada miembro del Tribunal en cada uno de los ejer-cicios
será de 0 a 10 puntos. Las calificaciones serán
adoptadas sumando las puntuaciones otorgadas por
los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total
por el núm??????????_?_??????A????????????????A????????????????A?????????????°??A????????!????????$A????????'????????*A????????-????????0A????????3????????6A????????9????@????>????ero de asistentes de aquél, siendo el co-ciente
la calificación del ejercicio.
Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los
miembros del Tribunal exista una diferencia de tres o
más enteros, serán automáticamente excluidas la cali-ficación
máxima y mínima, hallándose la puntuación
media entre las calificaciones restantes.
La calificación definitiva del concurso- oposición se
obtendrá sumando las puntuaciones obtenidas en la
fase de concurso y en la fase de oposición de todos los
aspirantes que superen ésta.
Octava.- Curso selectivo de formación.
Los tres aspirantes que mayor puntuación global
hayan obtenido deberán realizar el Curso Selectivo de
formación teórico- práctico, impartido u homologado por
la Escuela de Policía Local de la Región, a que hace re-ferencia
el artículo 24.4 de la Ley 4/ 1998, de Coordina-ción
de las Policías Locales de la Región de Murcia. A tal
efecto, el Tribunal elevará al Alcalde- Presidente la co-rrespondiente
propuesta de realización del Curso Selec-tivo,
a favor de dichos aspirantes, no pudiendo contener
la propuesta un número de nombres superior al de pla-zas
convocadas. Únicamente se considerarán aproba-dos
( de forma provisional) los aspirantes propuestos,
quienes serán nombrados funcionarios en prácticas, con
los derechos inherentes a tal condición.
No obstante, para superar totalmente el proceso
selectivo se exigirá a los aspirantes la obtención de la
calificación de «apto» o aprobado en el mencionado
Curso Selectivo.
Novena.- Relación de seleccionados, presentación de
documentos y nombramiento.
Superado el Curso Selectivo por los aspirantes, el
Tribunal hará pública, por orden de puntuación global,
la relación definitiva de seleccionados, y elevará dicha
relación al Alcalde- Presidente, al objeto de que se lleve
a cabo el nombramiento de los mismos como Cabos
de la Policía Local.
Los aspirantes propuestos deberán aportar, den-tro
del plazo de veinte días naturales desde que se
haga pública la ??????????_?_??????A????????????????A????????????????A?????????????°??A????????!????????$A????????'????????*A????????-????????0A????????3????????6A????????9????@????>????relación de aprobados, los documentos
acreditativos de reunir las condiciones y requisitos exi-gidos
en la convocatoria.
Si dentro del plazo indicado no presentaran la do-cumentación,
no podrán ser nombrados, quedando
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la res-ponsabilidad
en que pudieran haber incurrido por false-dad
en la instancia.
Dada la condición de funcionario público( Agente
de la Policía Local) que necesariamente habrán de te-ner
los aspirantes propuestos, éstos estarán exentos
de justificar las condiciones y requisitos exigidos en su
anterior nombramiento.
El Alcalde- Presidente efectuará el nombramiento
de aquéllos como funcionarios de carrera, Cabos de la
Policía Local. El nombramiento será objeto de publica-ción
en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
Los interesados deberán tomar posesión de sus
cargos en el plazo de un mes desde la notificación del
nombramiento. En el supuesto de no tomar posesión
en el indicado plazo, sin causa justificada, perderán to-dos
sus derechos a la plaza.
Décima.- Incidencias.
El Tribunal queda facultado para resolver las du-das
que se presenten y adoptar los acuerdos necesa-rios
para el buen orden del proceso selectivo en todo lo
no previsto en las presentes bases, siempre que no se
oponga a las mismas.
En lo no previsto en estas bases, se estará a lo
dispuesto en el vigente Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración del Estado
(R. D. 364/ 95, de 10 de marzo), Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común (Ley 30/ 1.992, modificada por la
Ley 4/ 99), y demás legislación aplicable.
Undécima.- Impugnación.
La presente convocatoria, sus bases y cuantos
actos se deriven de la misma y las actuaciones del
Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y la
forma establecidos en la Ley 30/ 1.992, modificada
por la Ley 4/ 99.
ANEXO I
Programa de la convocatoria
Parte general
1. La Constituc??????????_?_??????A????????????????A????????????????A?????????????°??A????????!????????$A????????'????????*A????????-????????0A????????3????????6A????????9????@????>????ión española de 1978. Principios bá-sicos.
Derechos y deberes fundamentales de los españo-les.
Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional.
2. La Corona. Las Cortes Generales: composición
y funciones. Gobierno y Administración.. Sometimiento
de la Administración a la Ley y al Derecho. El Poder Ju-dicial.
3. La organización territorial del Estado. Adminis-tración
Central y Autonómica. La Comunidad Autónoma
de la Región de Murcia. Administración Local: principios
constitucionales. Entidades que la integran.
4. El municipio: concepto y elementos. Competen-cias
municipales. El Ayuntamiento Pleno. La Junta de
Gobierno Local.
5. El Alcalde: naturaleza del cargo, atribuciones y
nombramiento. Los Tenientes de Alcalde. Los Conceja-les.
Idea general sobre la estructura de los principales
servicios administrativos del Ayuntamiento.
6. Personal al servicio del Municipio. La Función
Pública Local: concepto y clasificación. Ingreso. Situa-ciones
de los funcionarios. Derechos y deberes. Dere-cho
de sindicación. Régimen disciplinario. Seguridad
Social y derechos pasivos.
7. Ley 30/ 92, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común. El acto Administrativo. El procedimiento admi-nistrativo;
principios generales y fases. Los interesa-dos.
Los recursos administrativos. El recurso conten-cioso-
administrativo.
8. Fuentes del Derecho Público: la Ley y el Regla-mento.
Fundamento, concepto y clases. Límites de la
potestad reglamentaria. Especial consideración de la
potestad reglamentaria municipal: Ordenanzas y Ban-dos.
Clases de Ordenanzas y procedimiento de aproba-ción.
Otras fuentes del Derecho Administrativo.
Parte específica
1. La Policía: su necesidad y misión en el Estado
Social y Democrático de Derecho. Medios, principios, lí-mites
y ética policial. Modelo policial y principios bási-cos
de actuación en la Ley Orgánica 2/ 1986, de Fuerzas
y Cuerpos de Seguridad. La Policía Local y su relación
c??????????_?_??????A????????????????A????????????????A?????????????°??A????????!????????$A????????'????????*A????????-????????0A????????3????????6A????????9????@????>????on las Fuerzas de Seguridad del Estado y Comunida-des
Autónomas. Las Juntas Locales de Seguridad.
2. El Policía como funcionario municipal. Organiza-ción
y funciones de la Policía Local. Armamento, Dere-chos,
deberes y responsabilidad del Policía Local. La
Ley 4/ 1998 de Coordinación de las Policías Locales de
Región de Murcia y normativa concordante.
3. Ley Orgánica 1/ 1992, sobre Protección de la Se-guridad
Ciudadana. El binomio seguridad y libertad. Pro-tección
de autoridades y edificios públicos. La seguridad
en las manifestaciones. Identificación de personas.
4. Los delitos y las faltas en la Ley Orgánica 10/
1995, de 23 de noviembre de Código Penal. Causas
que eximen de la responsabilidad criminal. Circunstan-cias
que atenúan y agravan la responsabilidad criminal.
Circunstancia mixta de parentesco. Personas criminal-mente
responsables.
5. Delito de homicidio y sus formas. Delito de lesio-nes.
6. Delitos contra la libertad. Torturas y delitos con-tra
la integridad moral. Delitos contra la libertad sexual.
7. Delito de omisión del deber de socorro. Delitos
contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la in-violabilidad
del domicilio. Delitos contra el honor.
8. Delitos contra el patrimonio y contra el orden
socioeconómico: hurtos, robos, extorsión,
9. Delitos contra el patrimonio y contra el orden
socioeconómico: robo y hurto de uso de vehículos,
usurpación, defraudaciones y daños. La receptación y
conductas afines.
10. Delitos relativos a la ordenación del territorio y la
protección del patrimonio histórico y del medio ambiente.
11. Delitos contra la seguridad colectiva. Especial
referencia a los delitos contra la salud pública y contra
la seguridad del tráfico.
12. Delitos contra la Administración Pública.
13. Delitos contra el orden público: atentados con-tra
la autoridad, sus agentes y los funcionarios públi-cos,
resistencia y desobediencia; desórdenes públicos.
14. La Policía Judicial. Función de la Policía Judi-cial.
??????????_?_??????A????????????????A????????????????A?????????????°??A????????!????????$A????????'????????*A????????-????????0A????????3????????6A????????9????@????>????
Unidades de Policía Judicial. Criterios y normas de
actuación. Normativa reguladora. La Policía Local como
Policía Judicial.
15. La denuncia: concepto y clases. Efectos. La
querella: concepto y requisitos.
16. El atestado policial. La inspección ocular. La
entrada y registro en lugar cerrado. La entrada domici-liaria
para la ejecución de actos administrativos.
17. La detención. Derechos del detenido. Diligencias re-lacionadas
con la detención de una persona. El habeas cor-pus.
Depósito de detenidos. Asistencia letrada al detenido.
18. Intervención policial I: Actuación con menores,
extranjeros, enfermos mentales y personas en estado
de embriaguez.
19. Intervención policial II: Actuación de la Poli-cía
Local ante: a) Incendios, b) Grandes catástrofes,
c) Alarmas de explosivos, d) Riñas, e) Accidentes con
heridos, f) Homicidios, g) Suicidios, h) Actuación en
los delitos contra la libertad sexual: especial trato con
la víctima, i) Actuación en los delitos contra el honor,
j) Actuación con indocumentados.
20. Intervención policial III: Actuación de la Policía Lo-cal
ante: a) Robo con violencia o intimidación en las per-sonas,
b) Robo con fuerza en las cosas, c) Hurtos, d) Esta-fas,
e) Utilización ilegítima de vehículos de motor ajenos.
21. Uso de armas de fuego por las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad. Normativa vigente. Legítima de-fensa
y cumplimiento del deber.
22. Tráfico, Circulación y Seguridad Vial I: Compe-tencias
municipales según R. D. L. 339/ 1990, de 2 de
marzo. Autorizaciones administrativas. Inspección técni-ca
de vehículos. Seguro Obligatorio de Responsabili-dad
Civil. Infracciones y sanciones, medidas cautelares
y responsabilidad. Procedimiento sancionador y recur-sos:
desarrollo reglamentario.
23. Tráfico, Circulación y Seguridad Vial II: Conduc-ción
bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupe-facientes
y sustancias psicotrópicas. Medios de detec-ción
y formas de actuación. Normativa vigente.
Atestados por alcoholemia.??????????_?_??????A????????????????A????????????????A?????????????°??A????????!????????$A????????'????????*A????????-????????0A????????3????????6A????????9????@????>????
24. Tráfico, Circulación y Seguridad Vial III: Orde-nación
y regulación del tráfico por la Policía Local. Con-ceptos
básicos: velocidad, intensidad, densidad, capa-cidad,
nivel de servicio, índice de congestión. El
accidente de circulación. Clases. Intervención de la Po-licía
Local. Práctica de diligencias.
25. Tráfico, Circulación y Seguridad Vial IV: regula-ción
de la señalización, actuaciones especiales de la
Policía Local, obstáculos en la vía pública, peatones,
estacionamiento, retirada de vehículos de la vía pública,
vehículos abandonados.
26. Tráfico, Circulación y Seguridad Vial V: regula-ción
de las medidas especiales de ordenación del tráfi-co,
paradas de transporte público, carga y descarga, va-dos,
contenedores, precauciones de velocidad,
circulación de motocicletas, bicicletas, permisos espe-ciales
para circular, animales, transporte público, usos
prohibidos en las vías públicas. Bandos de la Alcaldía.
Procedimiento sancionador municipal.
27. Espectáculos y establecimientos públicos.
Normativa vigente. Autoridades competentes. Interven-ción
de la Policía Local.
28. Normativa Municipal I: Ordenanza Municipal regu-ladora
de la erradicación de la mendicidad en la vía pública.
29. Normativa Municipal II: Ordenanza Municipal
reguladora de la emisión de ruidos y vibraciones.
30. Normativa Municipal III: Ordenanza Municipal
reguladora de mercados del Ayuntamiento de Molina de
Segura.
31. Normativa Municipal IV: Ordenanza Municipal
reguladora de tenencia de perros y otros animales.
32. Normativa Municipal V: Ordenanza Municipal
reguladora de limpieza pública.
Molina de Segura, 26 de marzo de 2004.— El Alcalde.
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